Reforma laboral fracasa en Colombia: Sin quórum ni pueblo

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Uno de los proyectos bandera del presidente de Colombia Gustavo Petro, la reforma laboral, se hundió este martes (21/06/23) en la primera legislatura ordinaria del 2023 en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, mientras 100.000 ciudadanos se manifestaban en la vía pública contra la propuesta del Oficialismo.

El proyecto de reforma liderado por la ministra de Trabajo Gloria Inés Ramirez no pasó el primer debate del proceso legislativo debido a falta de quórum, pero el gobierno de Petro evalúa incluirlo en sesiones extraordinarias –aún no convocadas– ya que jurídicamente es viable ya que la Comisión había aprobado el informe de ponencia.

“La reforma laboral se está hundiendo”, reconoció la representante Jennifer Pedraza de Dignidad y denunció que el debate en la Comisión fue frenado.

Otros juristas consideran que ya no existe camino legal para una reforma laboral dada la ley quinta de 1992 que establece que todo proyecto que no haya tenido su primer debate ante el cambio de legislatura se “hunde” automáticamente.

“El hundimiento de la reforma laboral es muy grave. Demuestra que la voluntad de paz y de pacto social no existe en el poder económico. Dueños del capital y de los medios lograron cooptar el Congreso en contra de la dignidad del pueblo trabajador”, twitteó el presidente Colombiano tras el fracaso de la reforma.

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes no logra que avance el proyecto. - Foto: Ministerio del Trabajo

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes no logra que avance el proyecto. – Foto: Ministerio del Trabajo

La coalición del presidente, Pacto histórico, protagonizó con anterioridad un fuerte cruce con algunos congresistas en la jornada legislativa -ajena a la Comisión-. De hecho, Paulino Riascos, el senador del Partido ADA que integra la coalición oficialista, denunció que el presidente del Senado Alexander López le impidió el ingreso a la reunión en el Congreso de última hora sobre el código electoral y la ley de consumo de marihuana, la anteúltima aprobada por el Senado y la Cámara de Representantes que ahora pasará a revisión en la Corte Constitucional.

“Señor presidente, usted pidió que le dieran un espacio para que nos reuniéramos con la bancada del Pacto Histórico. Con todo respeto tengo que decirle que hoy se rebosó la copa y esto tiene que saberlo la opinión pública para que después no digan que el malo es Paulino”, dijo el senador oficialista.

Foto de archivo. Congreso de Colombia , 2022. REUTERS/Luisa González

Foto de archivo. Congreso de Colombia , 2022. REUTERS/Luisa González

Riascos agregó: “Esperé que la reunión del Pacto Histórico avanzara, entraron todos a la oficina efímera de 20, 30 días de presidencia, entraron todos, y a mí me dejaron afuera y usted (Alexander López) cerró la puerta. No le quise decir nada y me tocó venirme”.

Qué dice la reforma

El proyecto de reforma modificaría las condiciones en contratos laborales, por ejemplo, los trabajadores con contrato indefinido tendrían que avisar con 30 días de antelación antes de renunciar y todo contrato sin especificación de duración será considerado como indefinido, además de que la empresa podría prorrogar los contratos temporales hasta dos años para que se efectivice el empleado.

En cuanto al segmento ‘extinción del contrato laboral’, la reforma reforzaría la estabilidad laboral porque requiere una autorización para que el despido sea efectivo en algunos casos concretos como:

  • Un trabajador con fuero sindical requiere autorización de un juez laboral para despido
  • Trabajadores protegidos como embarazadas y discapacitados requieren autorización del inspector de trabajo (con excepción que haya sido contratada bajo estas condiciones y consten explícitamente en el contrato)

El conflicto radica en que entonces a las empresas se les dificultaría el despido por negligencia o poco profesionalismo: el trabajador podría ampararse en un despido que viola la ley por falta de autorización pertinente o razonamiento discriminatorio.

Asimismo, en la indemnización por despido sin causa justa cada trabajador tendrá derecho a 45 días de salario con 45 días adicionales por año trabajado en la empresa sin importar cuanto ganen, es decir, la diferenciación en torno al sueldo de más/menos 10 salarios mínimos.

Con respecto a la jornada laboral, la semana pasaría de 48 horas a 42 horas semanales, los sábados se pagarían como horas extras junto con el domingo y feriado con un recargo del 100 % del salario ordinario (75 % en la actualidad).

Además se introducen permisos y licencias obligatorias por ciclos menstruales incapacitantes, dismenorrea o tensión abdominal debida a la menstruación (citas médicas o urgencia) para atender obligaciones escolares como tutor legal y el permiso de licencia por paternidad se ampliaría a 3 meses.

No es un dato menor que la reforma plantea que el reajuste salarial anual sería como mínimo igual a la variación del IPC al 31 de diciembre del año anterior para los trabajadores que ganen dos o menos salarios mínimos mensuales. A su vez, si el trabajador no puede trabajar por culpa del empleador (si le pide que no trabaje tales días, por ejemplo), éste no puede negarse a pagar el salario por los días que el empleado no ha trabajado.