Ante la crisis del gasoil, insisten en una ley para el uso masivo de biocombustibles

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El proyecto presentado en el 2020 en la Legislatura prevé la obligatoriedad de que los vehículos y maquinarias del Estado y de las empresas que presten servicios públicos sean impulsados por biocombustibles.

Este miércoles, el legislador Raúl Pellegrini solicitó, mediante nota a la Comisión de Economía y Producción de la Legislatura, el pronto tratamiento de su proyecto «Tucumán es pura energía renovable» presentado en el año 2020, mediante el cual se promueve que vehículos y maquinarias del gobierno provincial, municipal y comunal, como de sectores de la actividad económica, migren del uso de combustibles fósiles al uso de biocombustibles.

Entre los argumentos de su iniciativa, destacó que “leyes similares ya están vigentes y en pleno funcionamiento en provincias como Santa Fe y Córdoba. Esta última ya cuenta con más de 20 plantas que permiten el autoconsumo de biodiésel, para la producción agropecuaria, industrial o para las cooperativas”.

En medio de la crisis que atraviesa el país por la cupificación del gasoil y el desmedido aumento de precios del combustible, y teniendo Tucumán una gran capacidad de producción de bioetanol, Pellegrini consideró que debe darse urgente tratamiento a una normativa que puede ser “una solución propia, sustentable y amigable con el medio ambiente y que además generará nuevas fuentes de trabajo genuino y es muy beneficiosa para todo el desarrollo productivo tucumano”.

El proyeto

En su artículo 4, el texto establece que la aplicación del programa para el sector público tendrá el carácter de obligatorio, mientras que para el sector privado será voluntario, disponiéndose además que las compras de vehículos que realice el gobierno sean equipados con motores adaptados (Flex-Fuel en el caso de los Otto) que permitan operar hasta con alcohol al 100% o Biodiesel B100, o sea sin necesidad de mezcla con combustibles fósiles.

Lo mismo dispone para las empresas de transporte automotor colectivo de pasajeros, incluidas las beneficiarias del subsidio que les otorga el Gobierno de la Provincia, o de cualquier otro subsidio que se disponga en el futuro. En este sentido, el Poder Ejecutivo deberá diseñar un cronograma para que las empresas adecuen la totalidad de sus unidades al uso de biocombustibles, siendo objeto de la suspensión del referido subsidio y de posibles sanciones ante casos de incumplimiento.

En su artículo 6° establece que los pliegos de contratación de obras y/o servicios públicos deberán incluir la exigencia del uso de biocombustibles en los equipos y vehículos que se utilicen, cuya proporción de dichos equipos será determinada en función del tipo de la obra o del servicio.

Por otro lado, faculta al gobierno para realizar todas las acciones que estime pertinentes, de investigación, difusión y promoción, tendientes a informar y concientizar al sector privado sobre los beneficios de incorporarse al régimen de la presente ley.

Asimismo, podrá conceder subsidios, como así también otorgar beneficios tributarios por periodos no inferiores a un año y en función al nivel de inversión que realicen las empresas que cumplan con los objetivos establecidos en la presente ley. Igualmente, a través de la Caja Popular de Ahorros, se podrá instrumentar líneas crediticias para financiar la adecuación al programa.