Más amparos judiciales: prepaga Medife y Potenciar Trabajo

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Algunas de las decisiones del presidente Javier Milei provocan muchos reclamos judiciales. A continuación los casos de la prepaga Medife y del plan Potenciar Trabajo. No son los únicos pero permite conocer la tendencia de los reclamos y de los fallos cautelares.

En lo de Medife, es un ejemplo de miles de situaciones similares, resultado del ‘sinceramiento‘ de precios y tarifas ordenado por el Ministerio de Economía para ordenar la estructura de precios relativos según oferta y demanda. Javier Milei cree que el ‘shock sin anestesia’ garantiza la eficiencia. Sin debatir la cuestión de fondo, lo concreto es que nadie debería cuestionar la intervención de la Justicia al respecto porque es parte del equilibrio que requiere toda sociedad.

En el caso del Potenciar Trabajo, ejemplo de muchas situaciones similares en el afán de lograr el resultado que el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) describió así: «(…) el déficit fiscal se convirtió en un superávit fiscal de $518.400 millones

Desde un enfoque macroeconómico, muy rescatable el esfuerzo del Estado. Desde situaciones de ciudadanos, complicado para quienes no tienen capacidad de autodefensa.

No son fallos de aplicación general pero son antecedentes a utilizar en otros reclamos, y así se arma la cadena.

Potenciar Trabajo

El Programa Nacional de Inclusion Socio-Productiva y Desarrollo Local – Potenciar Trabajo, creado por Resolución Nº121/20, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, fue modificado por la Resolución Ministerial N° 17/23 del Ministerio de Capital Humano de la Nación.

En este caso, con la acción complementaria del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la provincia de Corrientes, para la suspensión del pago del subsidio. En la acción judicial se solicitó, en forma simultánea, el pago correspondiente al beneficio de los meses de diciembre 2023, enero 2024 y cualquier otro que sea alcanzado «por la ilegal suspensión hasta tanto sea declarada la nulidad incoada.»

Además, «como medida cautelar, se disponga el inmediato restablecimiento de los actores como beneficiarios.»

El fallo

«Previa caución juratoria que deberá prestar el peticionante y /o su letrada patrocinante, decretase medida cautelar innovativa y, en consecuencia ordenar al Estado Nacional (Ministerio de Capital Humano de la Nación) para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas disponga que los actores, Sres. Gloria Soledad Ros, DNI:25.274.339, Sra. Alicia Catalina Velazco, DNI: 23.076.348, Sra. Ludmila del Rosario Cáceres, DNI: 42.734.402, Sra. Adriana Fabiana Almirón, DNI: 21.113.825, Sr. Ricardo Armando Sena, DNI: 26.969.052, Sra. Gloria Elizabeth Romero, DNI: 28.575.534, Sra. Teresita Mabel Galarza, DNI: 16.801.615, y Sr. Jeremías Giordano Leguiza, DNI: 36.449.806, continúen percibiendo el Programa “Potenciar Trabajo”, hasta tanto recaiga sentencia de mérito».

Medife

Fundada en 2010, Fundación Medifé fue organizada en su momento por José Carlos Piva (Acción Social de Empresarios o ASE -Obra Social del Personal de Dirección- y creador del Sanatorio Finochietto, hoy dirigido por Roberto Osvaldo Froment).

El mercado de la salud se ha complicado mucho con la inflación, origen de distorsiones que a su vez facilitaron la expansión del mesadinerista Claudio Belocopitt.

El sistema de salud en la Argentina se encuentra en crisis estructural. Pero es difícil de comprender el intento de resolverlo con un sinceramiento de precios de la medicina privada a la vez que un corte del gasto presupuestario del Estado.

El ‘sinceramiento’ o ‘actualización‘ de costos que promueve el presidente Javier Milei provocó aumentos, y así fue como se presentó en sede judicial la Sra. María Emiliana Maqueroty, representada por Juan Carlos Maqueroty, contra Medife Asociación Civil.

La inflación

El pedido fue el dictado de una Medida Preventiva porque la usuaria es una mujer que adolece de una patología con diagnostico de trastorno bipolar – episodio maníaco presente sin sintomas psicóticos.

Ella es afiliada al Plan Bronce e impugnó los aumentos del valor de la cuota comunicados por la empresa (39% para la cuota de enero de 2024 y 23,5% para la cuota de febrero)«acumulándose en el plazo de 2 meses un total de aumento sobre el plan que posee del 62,5%.»

La usuaria denunciante manifestó que semejante aumento resulta abusivo, y que de permitirse la continuidad de tales aumentos (marzo 2024 otro aumento del 23%) se vería afectado su derecho humano a la Salud dado que le resulta muy difícil asimilar dichos aumentos lo cual implica perder la cobertura médica por imposibilidad de pago.

La decisión

La Justicia falló ordenar a la empresa denunciada, Medife Asociación Civil, que «a partir de la notificación de la presente resolución, deberá proceder de inmediato a abstenerse de aplicar los aumentos comunicados al usuario denunciante, debiendo reajustar la facturación del mes de enero de 2024 inclusive en adelante conforme al Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado al momento de cada ciclo de facturación de las sucesivas cuotas mensuales.»

Luego, «Hacer saber a la empresa denunciada que la cuota del mes de enero de 2024 deberá recalcularse aplicando un 6,3% de aumento respecto del valor de la cuota de diciembre de 2023, a cuyo resultante deberá sumarle los impuestos correspondientes.»