Causa Vialidad: 1616 páginas que CFK debe leer para apelar

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Con la difusión de los fundamentos del veredicto del Tribunal Oral Federal número 2 en la causa Vialidad, dados a conocer este jueves (9/3) la fiscalía va a apelar para reclamar que Cristina Fernández de Kirchner sea condenada por el delito de asociación ilícita. Paralelamente, la defensa de la vicepresidenta insistirá con la absolución.

Cabe recordar que dos de los jueces argumentaron que no hubo asociación ilícita. Además, a partir de ahora, va a intervenir la Cámara Federal de Casación penal, donde los jueces que deben revisar la sentencia son Gustavo Hornos, Mariano Borinsky Javier Carbajo de la Sala IV.

«Connivencia y protección»

En las 1616 páginas que contienen los fuindamentos de su veredicto, por el cual Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos, el Tribunal Oral Federal 2 concluyó que entre 2003 y 2015 hubo «manifiesta connivencia y protección de cuanto organismo estatal fuese necesario para garantizar la plena actividad del consorcio empresarial controlado por Lázaro Báez«.

“Estamos ante un hecho de corrupción eststal que como tal socava las legitimidades de las institucones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia así como el desarollo integral de los pueblos”, dijeron los jueces, en un tramo de los fundamentos difundidos este jueves (9/3) pasadas las 9.

Cristina Kirchner en una de las audiencias por zoom por la causa Vialidad.

Cristina Kirchner en una de las audiencias por zoom por la causa Vialidad.

En otra de las frases más fuertes de los argumentos, los jueces dijeron: “Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes delas más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle unbeneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.

Además, dieron por probada “la existencia y funcionamiento de una asociación ilícita de carácter estable y permanente ideada con motivo de un acuerdo de voluntades entre los ex Presidentes de la Nación, Néstor Kirchner y Cristina Fernández, ex funcionarios públicos de distintas agencias estatales y otras personas de su extrema confianza, montada en base a una división de roles definidos y estratégicos dentro y fuera de la estructura administrativa del Estado, y sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años, destinada a cometer múltiples delitos para sustraer y apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de millonarios fondos públicos”.

Sin embargo, sobre este último párrafo cabe destacar que para dos de los jueces, «no ha podido demostrarse» el delito de «asociación ilícita«. Se trata de los jueces Jorge Gorini Rodrigo Giménez Uriburu.